01 Sep El máster, requisito para impartir docencia en Enseñanzas Profesionales
El pasado 10 de abril entraba en vigor el Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. En el artículo 16 de este Real Decreto se establecen las exigencias para acreditar la formación pedagógica y didáctica requerida para impartir docencia en la enseñanza artística profesional. Esta exigencia se concreta en el título de postgrado "máster" como requisito añadido a la formación inicial del docente, para permitirle ejercer en Educación Superior.
Los estudios superiores artísticos, sobre todo en música y danza, siempre se han considerado muy largos de duración porque no puede ser de otra manera, pero a partir de ahora se le añaden más años para ejercer docencia, respecto de lo que hasta ahora se requería. Lo cual puede tener un efecto disuasorio en los futuros estudiantes. Y también puede perjudicar a los centros de Enseñanza Profesional, sobre todo los privados.
Pero también puede tener un aspecto positivo en el desarrollo del alumnado y de los profesores, que, en su mayoría, tienen la docencia como actividad profesional. Sin duda la investigación en este ámbito concreto de la enseñanza va a cobrar importancia y va a producir mejoras para alumnado y profesorado.
La duda está en cómo se aplicará esta normativa, habida cuenta de que se trata de un campo novedoso y sin tradición específica. Tanto los Centros Superiores como las Universidades tienen ahora la palabra y empezar a conformar una oferta formativa que permita satisfacer tanto las necesidades del mercado como las garantías de calidad y adecuación que la administración establezca. Algunos, previsoramente, han empezado ya a hacer proyectos para responder a este reto.